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Noticias Argentinas difundió que la Comisión Nacional de Valores (CNV) modificó el régimen aplicable a los Agentes de Calificación de Riesgo y eliminó una serie de obligaciones que el organismo consideró redundantes.
La reforma fue establecida mediante la Resolución General 1164/2026, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
El nuevo marco permite que las agencias de calificación de riesgo desarrollen actividades complementarias, siempre que sean compatibles con sus funciones y no afecten la independencia de las evaluaciones que realizan.
Entre los cambios introducidos, la CNV eliminó la obligación de comunicar previamente al organismo la realización de las reuniones de los consejos de calificación.
La normativa también amplió de dos a cinco años el mandato de los integrantes de esos órganos e incorporó modificaciones en los requisitos relacionados con su funcionamiento y las obligaciones de información.
A pesar de la flexibilización de algunos procedimientos, el nuevo régimen mantiene las exigencias vinculadas con la transparencia, la prevención de conflictos de intereses y la calidad de las calificaciones emitidas por las entidades alcanzadas.
Las modificaciones entraron en vigencia con la publicación de la resolución y serán aplicables a los Agentes de Calificación de Riesgo registrados ante la CNV, organismo encargado de la regulación y supervisión del mercado de capitales.